Órganos
La Cámara de Cuentas está integrada por los siguientes órganos:
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El Consejo. Órgano colegiado integrado por siete Consejeros, uno de los cuales es el Presidente y otro el Vicepresidente. Entre sus funciones está aprobar el proyecto de presupuestos, el programa de fiscalización, los informes y sus correspondientes directrices técnicas. También es función del Consejo dictaminar sobre los temas que en su caso pueda requerir la Asamblea de la Comunidad de Madrid.Corresponde, asimismo, al Consejo establecer la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Cámara y nombrar a su Presidente, Vicepresidente, y al Secretario General.
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El Presidente. Designado por mayoría absoluta del Consejo y nombrado por la Asamblea. Le corresponde la representación de la Cámara. El Presidente convoca el Consejo, posee el voto de calidad en caso de empate, asigna tareas a los Consejeros e informa a la Asamblea respecto de los informes remitidos. Su mandato es de seis años.
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El Vicepresidente. Sustituye al Presidente en casos de vacante, ausencia o enfermedad. Ejerce las funciones que, en su caso, le sean delegadas por el Presidente. Es elegido por el Consejo por un periodo de seis años.
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Los Consejeros:son nombrados por la Asamblea de Madrid por un plazo de seis años. Los Consejeros eligen a uno de ellos como Presidente y a otro como Vicepresidente. Su principal función será la de impulsar y dirigir los trabajos de fiscalización y presentar el proyecto de informe ante el Consejo.
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Secretaría General. Su nombramiento es acordado por el Consejo. Le corresponden las funciones propias de la organización y dirección de los servicios de la Cámara de Cuentas y, en particular, el asesoramiento jurídico al Consejo y a los Consejeros. Asiste a las reuniones del Consejo, con voz y sin voto, y levanta acta del Consejo.
