Política de Protección de Datos

Política de Protección de Datos de Carácter Personal

 

1.Finalidad

 

La Política de Protección de Datos de Carácter Personal establece los principios rectores de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid en materia de protección de datos personales, garantizando el cumplimiento de la legislación vigente, y en concreto del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).

 

2.Ámbito de aplicación

 

La Política de Protección de Datos de Carácter Personal es de aplicación a todos los órganos, unidades y empleados de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y a todas las personas que se relacionan con la entidad.

 

3.Principios relativos al tratamiento de datos personales

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid velará porque los Principios relativos al tratamiento de datos personales  se implanten en todos los procedimientos que impliquen el tratamiento de datos personales.

 

  1. Principio de licitud, lealtad y transparencia

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, llevará a cabo las medidas necesarias para asegurar que el tratamiento de datos personales sea lícito, leal y transparente. El tratamiento de datos personales siempre ha estar amparado por una base jurídica que lo habilite, informando a los interesados sobre la finalidad con la que trata sus datos personales con un lenguaje conciso, claro y fácilmente accesible.

 

  1. Principio de limitación de la finalidad

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid desarrollará los procedimientos internos necesarios para asegurar que los datos personales sean tratados para el fin explícito y legítimo que motivó su recogida. En ningún caso serán tratados de manera incompatible con dichos fines. No obstante, el tratamiento ulterior de los datos personales con fines de archivo en interés público, con fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos no se considera incompatible con los fines iniciales.

 

  1. Principio de minimización de los datos

 

 La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid tratará los datos estrictamente necesarios en relación a los fines que motivaron su recogida.

 

  1. Principio de exactitud

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid adoptará procedimientos internos para actualizar los datos, adoptando todas las medidas razonables para que se supriman o rectifiquen sin dilación los datos personales que sean inexactos con respecto a los fines para los que se tratan.

 

  1. Principio de limitación del plazo de conservación

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid conservará los datos personales durante el tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales, no obstante, podrán conservarse durante periodos más largos con fines de archivo en interés público, con fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.

 

  1. Principio de Seguridad

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid tratará los datos garantizando una seguridad adecuada, mediante la aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas,  que preserven los datos personales contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción, o daño accidental.

 

  1. Derechos de los interesados

 

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid deberá articular procedimientos internos necesarios para que los interesados puedan ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición .