Rendición telemática de Cuentas de Entes Locales

La rendición telemática tiene por objeto facilitar la rendición de cuentas anuales que todas las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid deben realizar tanto ante el Tribunal de Cuentas como a la Cámara de Cuentas de la Comunidad.

La IGAE en su resolución de 28 de julio de 2006 (BOE 9 de agosto), recomendó unas especificaciones mínimas que debían cumplir los ficheros que sirviesen de base para una rendición electrónica o telemática de las cuentas anuales de las entidades locales a sus respectivos Órganos de Control Externo (OCEx).

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid en su resolución de 23 de abril de 2007 (BOCM de 27 de abril), y su posterior modificación resolución de 21 de julio de 2009 (BOCM de 31 de julio), adoptó las recomendaciones de la IGAE, integrándolas junto a una información adicional y estableció los medios que la Cámara reconoce como válidos para una rendición electrónica efectiva.

Tras la modificación de 21 de julio de 2009, el único medio que se considera válido es la aplicación informática vía web.

Acceder a Aplicación Web

La aplicación informática contempla la posibilidad de cargar los datos en una página web, bien desde los ficheros que genere la aplicación de contabilidad de la entidad local, o bien grabarlos desde documentos en los que se recojan los estados contables que conforman la Cuenta General de la Entidad. La aplicación servirá para el envío y cotejo on-line de los datos remitidos.